El control preventivo sobre la idoneidad psicológica del agente policial para el uso del arma de fuego es una medida que contribuye a mejorar la calidad en la seguridad, tanto del propio policía como de la ciudadanía.
La responsabilidad de llevar un arma de fuego es bien conocida en la profesión de policía. La literatura científica ha estudiado ampliamente y ha verificado que la labor policial es una de las profesiones que puede generar más presión laboral y más incidencia en la salud y la calidad de vida de los trabajadores.
Por ello hay que verificar que el agente de policía mantiene unas condiciones de salud globales óptimas para asegurar el buen uso del arma de fuego, en caso de que sea necesario.
Con esta finalidad, el Servicio de Selección y Evaluación del Instituto ofrece asistencia técnica a los ayuntamientos para aplicar los criterios orientativos del Protocolo para la valoración de las condiciones psicológicas para el uso del arma de fuego de los miembros de las policías locales.
DECRETO 219/1996, de 12 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de armamento de las policías locales.
Fecha de actualización:
13.04.2026